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Sustento Jurídico

La ley 9728, Educación y Formación Técnica Dual, en su capítulo 2, artículo 6, establece la creación de la Comisión Asesora y Promotora de la EFTP dual, con carácter consultivo, la cual estará adscrita al Ministerio de Educación Pública (MEP), con el fin de promover la EFTP dual, asesorar a las autoridades competentes en el campo y lograr una articulación entre el sector público y el privado. 

Representantes miembros de la CAP-EFTP – Dual ARTÍCULO 7 Ley 9728

Entidad que representa  Representante Representante Suplente
a) Ministro o ministra de Educación (MEP) Anna Katharina Müller Castro  
b) Ministro o ministra de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) Andrés Romero Rodríguez Juan Manuel Cordero
c) Ministro o ministra de Ciencia y Tecnología y Telecomunicaciones (MICITT) Paula Bogantes Zamora Orlando Vega Quesada
d) Ministro o ministra de Economía, Industria y Comercio (MEIC) Francisco Gamboa Soto  
e) Presidencia ejecutiva del Instituto Nacional de Aprendizaje (INA) Christian Rucavado Lear  
f) Unión Costarricense de Cámaras y Asociaciones del Sector Empresarial Privado (UCCAEP). José Manuel Salas Carrillo José Solera Castillo
g) Movimiento sindical del sector educativo. Sindicato de educadores costarricense (SEC) Gilberth Díaz Vásquez  
h) Asamblea Nacional de la Red Consultiva de la Persona Joven (ANPJ) Sergio Klotz Cabezas  
i) Movimiento Cooperativo (Conacoop) Kathleen Quirós Álvarez  
j) Movimiento solidarista, que será escogida según lo dicte el reglamento. (CONASOL) Pedro Pineda Murillo  
k) Asociación de Zonas Francas (AZOFRAS) Carlos Wong Zúñiga  

Selección de Integración

La Comisión Asesora estará integrada de la siguiente manera:

  • Ministro o ministra de Educación o la persona que ocupe el viceministerio académico de Educación, quien la presidirá.
  • Ministro o ministra de Trabajo y Seguridad Social o alguno de los viceministros.
  • Ministro o ministra de Ciencia y Tecnología y Telecomunicaciones o alguno de los viceministros.
  • Ministro o ministra de Economía, Industria y Comercio o alguno de los viceministros.
  • Presidencia ejecutiva del Instituto Nacional de Aprendizaje (INA) o quien ocupe la Gerencia General.
  • Persona representante de la Unión Costarricense de Cámaras y Asociaciones del Sector Empresarial Privado (Uccaep).
  • Persona representante del movimiento sindical del sector educativo, que será escogida según lo dicte el reglamento.
  • Persona representante de la Asamblea Nacional de la Red Consultiva de la Persona Joven, que será escogida según lo dicte el reglamento y deberá representar a las personas estudiantes de EFTP dual.
  • Persona representante del movimiento cooperativo, que será escogida según lo dicte el reglamento.
  • Persona representante del movimiento solidarista, que será escogida según lo dicte el reglamento.
  • Persona representante de las empresas que formen parte del régimen de zonas francas, que será escogida según lo dicte el reglamento.

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